10.7. Registro de publicaciones
El sujeto obligado debe publicar un registro de publicaciones que contenga los documentos publicados de conformidad con la ley 1712 de 2014 y automaticamente disponibles.
El sujeto obligado debe publicar un registro de publicaciones que contenga los documentos publicados de conformidad con la ley 1712 de 2014 y automaticamente disponibles.
La informacion minima requerida a publicar de que tratan los articulos 9°, 10 y 11 de la Ley 1712 de 2014. Cuandola informacion se encuentre publicada en otra seccidn del sitio web 0 en un sistema de informacion, los sujetos obligados debenidentificar la informacion que reposa en estos y habilitar los enlaces para permitir el acceso a la misma.
Los sujetos obligados debenpublicar en su sitio web oficial los tramites que se adelanten ante los mismos, sefialando la norma que los sustenta, procedimientos, costos, formatos y formularios requeridos, indicandoy facilitando el acceso a aquellos que se encuentran disponibles en linea.
Los sujetos obligados que contratan con cargo a recursos 9. publicos o recursos publicosy privados, deben publicar en el SECOP el Plan Anual de Adquisiciones para los recursos de caracter pUiblico que ejecutaran en el afio, de acuerdo con lo previsto en el articulo 74 de la Ley 1474 de 2011, el literal e) del articulo 9° de la Ley 1712 de 2014 y los articulos 2.2.1.1.1.3.1 y 2.2.1.1.1.4.1 del Decreto Unico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacion Nacional N° 1082 de 2015.
Los sujetos obligados que contratan con cargo a recursos publicos deberan publicar enelsitio web oficial el manual de contratacion, que contiene los procedimientos, lineamientosy politicas en materia de adquisicion y compras, expedido conformea las directrices sefialadas por la Agencia Nacional de Contratacion Publica - Colombia Compra Eficiente o el que haga sus veces.